Cobertura de Maternidad en Plan Seguro

PARTO Y CESÁREA.

Cobertura básica de 13 UMAs ($34,000 pesos aproximadamente).  A solicitud de la asegurada se puede contratar un incremento de suma asegurada a quedar en 17 UMAs ($44,900 pesos aproximadamente) o hasta 21 UMAs ($55,500 pesos aproximadamente) como cobertua adicional, si se tienen dos años cumplidos con la póliza, y de los 20 a 37 años de edad.

Se cubren los gastos erogados a consecuencia del parto y la operación cesárea de la Asegurada dentro del territorio nacional, siempre y cuando la Asegurada tenga al menos diez meses de Cobertura continua en Plan Seguro, al momento del evento.  Es decir, al contratar la póliza se debe esperar un mínimo de 3 meses para un embarazo, para que al requerir la cobertura cumpla los 10 meses con la póliza.

Se cubrirá el total de los gastos erogados por la Asegurada desde su ingreso hasta el Alta del Hospital incluyendo los Honorarios Médicos-Quirúrgicos y hasta el límite mencionado, sin aplicar Deducible ni Coaseguro.

No se cubrirá ningún otro gasto anterior o posterior al parto o cesárea, tales como consultas médicas, medicamentos, cualquier tipo de estudios y/o procedimiento etc., excepto los mencionados como complicaciones del embarazo, parto, cesárea o puerperio.

Para esta Cobertura, no opera el Reconocimiento de Antigüedad de otras Compañías.

 

CIRCUNCISIÓN

Se cubren los gastos erogados hasta $7,000 pesos, por concepto de circuncisión sin aplicar Deducible ni Coaseguro.  La circuncisión se entiende como la intervención quirúrgica mediante la cual se efectúa la extirpación parcial o total del prepucio.  
Se cubre en territorio nacional para los nacidos durante la vigencia de la póliza que se hayan dado de Alta en los primeros 30 días de nacidos.

 

COMPLICACIONES DEL EMBARAZO, PARTO, CESÁREA O PUERPERIO.

Se cubren únicamente las complicaciones de embarazo, parto, cesárea o puerperio de la Asegurada, enunciadas a continuación:

  • Las intervenciones quirúrgicas realizadas con motivo del embarazo extrauterino.
  • Estados de fiebre puerperal.
  • Estados de preclampsia y eclampsia.
  • Enfermedad hipertensiva inducida por el embarazo.
  • Embarazo molar (Mola hidatiforme).
  • Placenta Previa.
  • Placenta Acreta.
  • Atonía Uterina.
  • Óbito.

Se cubrirá el total de los gastos erogados por la Asegurada desde su ingreso hasta el Alta del hospital, incluyendo los Honorarios Médicos-Quirúrgicos y hasta un límite de 55 UMAs, aplicando el Deducible y el Coaseguro contratados.

Para esta Cobertura, no opera el Reconocimiento de Antigüedad de otras Compañías.

 

PADECIMIENTOS CONGÉNITOS.

Se cubren los gastos por padecimientos congénitos, así como por cirugías correctivas, con límite en la Suma Asegurada de la Póliza.
Quedan cubiertos los menores nacidos durante la vigencia de la póliza siempre y cuando, la madre asegurada tenga al menos 10 (diez) meses de Cobertura continua en Plan Seguro al momento del nacimiento y se hayan dado de Alta los recién nacidos conforme a lo estipulado en el apartado Cláusulas Generales.